sábado, 26 de noviembre de 2011

"Al animal hay que respetarlo por ser animal y no solo porque te sirve"

Pierre Foy Valencia
Máster en Derecho Ambiental por la Universidad del País Vasco y la Pontificia Universidad Católica del Perú, Doctorando y docente de pre- y posgrado en Derecho por la PUCP.
¿Tienen derechos los animales? ¿Qué diferencia al ser humano de un animal? El Instituto de Ciencias de la Naturaleza, Territorio y Energías Renovables (INTE) ha organizado un programa de extensión titulado "Introducción al derecho y legislación sobre animales", que será dictado por el profesor Pierre Foy Valencia los sábados 26 de noviembre y 3 de diciembre. Conversamos con él acerca del trato justo de los animales, los vacíos en nuestro sistema legal y el bienestar animal.
¿En qué consiste el derecho sobre animales? ¿Es una nueva disciplina?
El animal ha sido visto, mayormente, como un objeto, como una propiedad o como algo para ser usado. En las últimas décadas, de los países desarrollados surge el enfoque del bienestar de los animales, que consiste en darles un buen trato, que tengan suficiente espacio para desplazarse, una alimentación adecuada, etc. Lo que ocurre es que siempre se ha regulado el uso de animales de manera fragmentada: la tenencia de mascotas, la producción y comercialización de animales, la fauna silvestre y la diversidad biológica, los animales de compañía, de laboratorio, entre otros. Entonces, más que crear una nueva disciplina, lo que nosotros estamos haciendo es una mirada transversal de la legislación sobre animales, desde distintas aristas del derecho: administrativo, penal, municipal, agrario, internacional, ambiental, etc. Lo importante es tener en cuenta que se han estado desarrollando cada vez más instrumentos legales en relación con la protección de los animales. 

¿Entonces, se están reivindicando los derechos animales? ¿Es un enfoque ecológicodel derecho?

La legislación sobre animales tiene muchas conexiones con lo ambiental pero no lo envuelve todo. Aunque vela por el buen trato de los animales, el enfoque bienestaristano busca –necesariamente- que sean reconocidos como sujetos de derecho, sino como elementos a ser protegidos por las implicancias que su trato (o maltrato) conlleva en la conducta y la calidad de vida del ser humano. A la larga todo remite en un enfoque antropocéntrico y no se tiene esa consideración inherente de que al animal hay que respetarlo por ser animal y no solo porque te sirve. En otras épocas se han realizado juicios contra animales y se les ha hecho responsable por haber causado daños a terceros. El reconocimiento a los derechos de los animales sí es viable: si se reconocen derechos a las personas jurídicas, que son abstracciones, también se podrían reconocer otros conceptos.

La relación hombre-animal es permanente y constante…
Siempre ha estado ahí. Hubo una época en que el hombre adoraba a los animales, los representaba en tótems. Después hubo cierta distancia, pero ahora podemos decir que vivimos un reencuentro. Ahora está surgiendo el fenómeno del “mascotismo” (o la afición por tener mascotas), que es un negocio inmenso a nivel mundial. Abarca no solamente la cuestión de la comida, sino también una serie de utensilios para los animales, cuidado personal, medicinas, veterinarios, revistas informativas, etc. que representa un gasto fuerte en el presupuesto familiar y que muchas familias asumen con beneplácito. Por todos lados encontramos relaciones con animales que se encuentran normadas, así como prácticas ilegales que transgreden estas regulaciones, ya sea porque atentan contra la biodiversidad ecológica (como el tráfico de animales y su empleo afrodisiaco o religioso), o contra el hombre (como en la venta de animales para consumo en malas condiciones).

Las diferencias biológicas entre los animales y los seres humanos suelen delimitar que la gran ventaja del hombre es su inteligencia y su voluntad para hacer las cosas, frente a un animal que solo obedece a su instinto…
Esas son consideraciones que ya han sido superadas; las nuevas investigaciones nos están obligando a repensar lo que sabemos de los animales en muchos aspectos (por ejemplo, desconocíamos sus facultades telepáticas). El movimiento antiespecista es una contestación al fenómeno excluyente que coloca al ser humano como centro de la creación; ahora, desde diversas ciencias se habla del “animal humano” y de “animales no humanos”. Eso lo trabaja muy bien el filósofo Jesus Mosterín en el libro Vivan los animales, en donde encuentra que no hay muchas distancias entre ambos e identifica que el animal construye cierta cultura y va generando información que no es solamente genética. 

Hay una iniciativa colectiva entre científicos e investigadores llamada Proyecto Gran Simio, del cual salió la Declaración de Derechos de los Grandes Simios (es decir, chimpancés, gorilas, bonobos y orangutanes) que buscaba reconocerles derechos (a la vida, a la libertad, a no ser maltratados). Los procesos de inclusión han sido así: antes no tenían derechos las mujeres, los locos, los afrodescendientes, etc. y progresivamente se han ido incluyendo. El reconocimiento de derechos animales comienza con establecer un enfoque bienestarista, luego buscará el reconocimiento de ciertas especies mayores y después quién sabe.

¿Qué entidad debería abordar el derecho sobre animales con mayor profundidad? ¿El Ministerio del Ambiente?

No, este es un tema de múltiples responsabilidades, algunas vinculadas al Ministerio de Salud, al Servicio Nacional de Sanidad Agraria, al Poder Judicial o a la Policía Nacional del Perú (que debería controlar el tráfico ilegal de animales). En realidad no se trata del trabajo de una sola entidad sino que debería ser operado a través de las diferentes instancias que correspondan.

En la legislación peruana vigente, ¿cuál es la máxima pena que recibe un hombre ante un caso de maltrato animal?
En el Código Penal, el maltrato a los animales se considera una falta pequeña que no implica carcelería y que solo es sancionada con una multa. En algunos casos, se toma como agravante el ataque de especies que están en peligro de extinción o en proceso de gestación, puesto que se atenta contra la diversidad biológica. Cuando el animal es visto como un objeto particular, como una propiedad, adquiere más valor. Por ejemplo, cuando se quiso juzgar al ex congresista Miro Ruiz por matar a un perro, no quisieron hacerlo por maltrato a los animales, que solo hubiera implicado una multa, sino que la denuncia penal se canalizó por el lado de daño a la propiedad. 

¿Habrá en un futuro no muy lejano la posibilidad de plantear concretamente el derecho de los animales? 
En el año 1972, en Estados Unidos hubo una famosa discusión: ¿los árboles podían ser sujeto de derecho? Esta se originó a raíz de las pretensiones de Walt Disney de querer construir un complejo turístico en una zona natural protegida. Este caso planteó toda una discusión en la Corte Suprema y al final Disney tuvo que retroceder en su idea porque era contradictorio con su imagen de amante de los animales y la naturaleza. Yo creo que más adelante sí podría plantearse esa discusión. En Bolivia, se ha reconocido en la Constitución los derechos de la Pachamama y están tratando de ver cómo se canaliza en formas jurídicas más concretas. En Alemania, desde hace años se ha reconocido la dignidad de los animales en la Constitución, y eso conduce a la regulación de diversos aspectos, como la presencia de animales en los circos y zoológicos. 

Bajo su criterio, ¿cuáles serían las principales normas que se deberían estar discutiendo en el Parlamento con relación a la legislación sobre animales?
Tenemos una base normativa bastante razonable, tal vez se debería subir la valla en algunas penas. Lo que pasa con todas las cuestiones legales es que no se internalizan primero los valores ligados a él; por ejemplo, cuando se denuncia un maltrato animal, los operadores toman con desplante estos casos y los consideran “un trámite más”, aún no han internalizado su gravedad. Por otro lado, habría que mejorar el funcionamiento de las instituciones porque no son completamente eficientes.

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